Corte de Constitucionalidad le niega amparo a la jefa del MP por las manifestaciones y ataques en redes sociales
La fiscal general había interpuesto un amparo en el que exigía que se garantizara la independencia de la institución, pedía uso de la fuerza pública ante manifestaciones en su contra y señalaba a personas que según ella la atacaban en redes sociales.
La Corte de Constitucionalidad (CC) denegó el amparo provisional a la fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), María Consuelo Porras Argueta, el que había presentado para que se garantizara la independencia de la institución que dirige, en el que pedía uso de la fuerza pública ante las manifestaciones en su contra y en el que señalaba a personas y periodista que según ella la atacaban en redes sociales.
La resolución se dio este 28 de agosto y está incluido en el expediente 4986-2022. El documento menciona que la CC, constituida en Tribunal Extraordinario de Amparo, denegó el amparo provisional solicitado por la fiscal Consuelo Porras.
Además, se señala que se tienen como terceros interesados y, por lo tanto, como parte en el ese amparo a Fernando José Barillas Santa Cruz, Raúl Arturo Figueroa Sarti, Bernardo Silva Barrera, Saúl Isaí́ Interiano Ramírez, Pedro Rafael Maldonado Flores y al Procurador de los Derechos Humanos.
Agrega que de los informes circunstanciados recibidos se concede audiencia a Porras, como solicitante del amparo y a los terceros interesados mencionados, por el término común de 48 horas.
Protestas no generaron riesgo
En una parte de la resolución, la CC menciona que luego de analizados los informes circunstanciados, particularmente que proporcionó el director general de la Policía Nacional.
La CC advirtió que: “el derecho de manifestación fue ejercicio por los ciudadanos sin poner en riesgo el orden público ni las funciones constitucionales del Ministerio Público, por lo que, conforme el estado actual de la situación imperante, esta Corte estima que no hay circunstancias que hagan aconsejable el otorgamiento del amparo provisional; además, no se dan los supuestos que prevé el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, por lo que no procede otorgar amparo provisional”.
Acción en la CC
Este 28 de agostosto, el Bufete para Pueblos Indígenas, la Asociación Femenina para el Desarrollo de Sacatepéquez, AECC José León Castañeda, Ruda y Prensa Comunitaria presentaron un Amicus Curiae en la CC en defensa de la libertad de expresión y manifestación.
Según estas entidades, la acción es para garantizar la democracia, la libertad de expresión, ejercicio periodístico y la libertad de expresión, que no se pueden restringir.
El amparo
La fiscal general de la República y jefa del MP presentó la noche del 24 de agosto un amparo ante la Corte de Constitucionalidad en contra el presidente, Alejandro Giammattei, el ministro de Gobernación, Napoleón Barrientos y el director de la Policía Nacional Civil, Edwin Adriano López para que preserven su seguridad y hagan valer la autonomía en independencia de esa institución.
La acción judicial buscaba que los funcionarios aludidos adoptaran medidas preventivas para resguardar la independencia del MP, que se ha visto “vulnerada por el uso de distintas redes sociales utilizadas por las personas que se identifican con usuarios de la red social Twitter ahora denominada X”.
En el amparo que presentó ante la CC la fiscal general señalaba a cuentas identificadas como Bernardo Silva, Vicente Carrera, Virginia Estrada, Sergio Yoel Morataya, Gerardo Guerra, Juan Francisco y Samuel Bernardo.
A ellos los señala porque han “pretendido limitar el ejercicio de la persecución penal y por ende transgredir la autonomía e independencia del MP, a través de actos que conllevan desorden público, violación a los derechos constitucionales, obstrucción a la justicia y a la persecución penal, con el ánimo de deponer a funcionarios públicos legalmente nombrados, al motivar la renuncia de funcionaros del MP sin que exista asidero legal que las fundamente”.
La fiscal general colocaba las publicaciones de las cuentas que señala, y en las que algunas se lee “renuncien ya”, “plantón frente al MP”, y otras demandas de protesta ciudadana.
En el documento se señala que “las entidades de derecho público y las personas identificadas en las redes sociales han estado organizando y convocando públicamente con el objeto de promover lo que llaman una encerrona de los Altos Mandos (designación que utilizan en la red social) para el viernes 25 de agosto de 2023, rodeando el edificio central del MP en el barrio Gerona, zona 1 de la capital”.
Según el amparo de la fiscal general, la idea era bloquear “las entradas y salidas para impedir el acceso y egreso al mismo hasta lograr su cometido como lo es de obligar a renunciar o presentar su renuncia a las personas que señalan como altos mandos: Fiscal General de la República María Consuelo Porras Argueta, Fiscal de Sección de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad José Rafael Curruchiche Cucul y la Agente Fiscal Cinthia Edelmira Monterroso Gómez”.
En la acción planteada la jefe del MP recuerda que “en anteriores ocasiones, con motivo de derecho de manifestación pública, personas particulares y miembros de asociaciones y partidos políticos han lanzado piedras al edificio del MP, han venido a quemar el monumento de las 340 agencias fiscales en municipios y han destruido objetos de propiedad privada y pública, lo que conlleva el riesgo que el 25 de agosto, con motivo de la manifestación que convocan realicen dichos actos”.
Es por eso que le ha pedido a la CC a que conmine a las autoridades demandadas para que acciones si en dado caso hay alteración del orden público.
Porras pedía que también se le ordenara al titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) que solicitara ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), medidas cautelares en favor de ella, Curruchiche y Monterroso.
APG se pronuncia
La Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) rechazó en un comunicado las acciones del MP y señala que lo que se pretende es tratar de silenciar a la sociedad.
“La APG rechaza nuevas maniobras del Ministerio Público para tratar de silenciar a la sociedad en sus justos reclamos para que se respete la voluntad popular expresada en las urnas”, refiere el documento de la entidad de prensa.
“El MP ha presentado solicitud de amparo ante la Corte de Constitucionalidad ante las críticas que recibe su actuar en las redes sociales, desconociendo los derechos y libertades que asisten a los ciudadanos”, dice el documento de la APG.
Agrega que “el artículo 30 de la Constitución de la República establece que todos los actos de la administración son públicos, mientras que el artículo 35 refiere que no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos”.
“Los cargos públicos que desempeñan los funcionarios públicos son temporales y están sujetos a las leyes”, dice la misiva, la cual agrega que “el artículo 154 de la Constitución establece que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella”.
Según la APG, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que “los funcionarios públicos deben ser tolerantes”, por lo que, en ese sentido la APG considera que “el Ministerio Público está actuando fuera de la ley, pues desconoce o pretende pasar por alto las garantías y derechos consagrados en la Carta Magna”.
“La APG recuerda que el pasado 31 de mayo, junto con otras cinco organizaciones de prensa, presentó un amparo ante la Corte Suprema de Justicia planteando que ninguna ley secundaria puede ser superior a los preceptos establecidos en la Constitución de la República. Dicho memorando fue transferido para consulta o dictamen a la Corte de Constitucionalidad, el cual aún no ha sido resuelto”, refiere el comunicado.