CC falla contra el Congreso y la reforma a la Ley de Reconciliación Nacional
Magistrado Roberto Molina Barreto señala una intromisión del alto tribunal a la labor legislativa.
La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió en definitiva un amparo contra el Congreso que se disponía a reformar la Ley de Reconciliación Nacional.
El tribunal consideró que “resulta constitucional y convencionalmente inviable” que el Legislativo pudiera dar amnistía en torno a delitos que constituyen graves violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.
El razonamiento sostiene que las amnistías que puede decretar el Congreso deben ser en observancia de la protección de los derechos humanos establecidos en los artículos constitucionales 1, 2, 44 y 46, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los convenios internacionales suscritos por el Estado de Guatemala.
El amparo fue otorgado a los ciudadanos Paulina Ixpatá Alvarado de Osorio, Pedrina López de Paz de López, Sergio Vi Escobar, Helen Mack Chang y Héctor Oswaldo Samayoa Sosa.
La iniciativa de ley estaba en segundo debate en el Legislativo y buscaba dar amnistía a personas condenadas y señaladas por crímenes de lesa humanidad durante el conflicto armado interno. El amparo provisional se firmó en julio de 2019.
Voto en contra
Roberto Molina Barreto, magistrado titular, votó en contra y expuso que no puede evitarse por la vía del amparo que un organismo del Estado, en este caso el Congreso, cumpla con sus principales obligaciones pues pudo ser el caso que la discusión legislativa pudo terminar en la improbación de las reformas en mención.
Señala que lo actuado por la CC esta vez es una “indebida intromisión” en las funciones que la Constitución asigna al Congreso al vedar la potestad legislativa sobre un proyecto de ley que correspondía aún debatir y agotar todas las fases previstas en la Carta Magna.
El pleno se integró con los magistrados Gloria Porras, Francisco de Mata Vela, Roberto Molina Barreto, María de los Ángeles Araujo y María Cristina Fernández.