Ciudad Guatemala

Coronavirus: Diputados aclara qué jubilados y pensionados del Estado recibirá un bono único


Pago deberá hacerse antes del 31 de agosto.

  31 julio, 2020 - 19:15 PM

El Congreso ratificó este 31 de julio la prórroga por 30 días del estado de Calamidad por la emergencia del coronavirus, pero los diputados agregaron disposiciones al proyecto enviado por la Presidencia.

Destaca una enmienda establece, con base en cinco decretos y acuerdos gubernativos, quiénes serán los beneficiarioos de un bono único a pagar antes del 31 de agosto con Q150 millones del fondo de protección del empleo aprobados para la emergencia del coronavirus. El monto a cada beneficiado no está definido.

En específico, se trata de los que están cubiertos por el decreto 63-88, Ley de clases pasivas del Estado; decreto 30-2011, Incorpora al Régimen de Clases Pasivas del Estado a pensionados o jubilados de Guatel y otorga aporte al Régimen de Previsión Social de Guatel; decreto 55, Ley de jubilaciones, pensiones y montepíos del Ejército; decreto 45-2001: Reformas a la ley del régimen especial de clases pasivas de discapacitados del Estado en el orden militar y el acuerdo gubernativo 36-2004, Régimen especial de clases pasivas para pensionados y beneficiarios del Banvi en liquidación.

Los diputados también votaron para que el Ministerio de Salud pueda contratar médicos especialistas y subespecialistas que ya estén trabajando para el Estado a fin de reforzar los hospitales temporales covid-19.

El Ministerio de Salud podrá contratar estudiantes de enfermería y terapia respiratoria con pénsum cerrado para ayudar en la emergencia.

El Ministerio de Gobernación podrá junto al Ejército y otros elementos de la fuerza pública emprender acciones para garantizar la vida, bienes y servicios que impliquen la seguridad ciudadana.

Se agrega al artículo 4 del decreto 15-2020 -sobre créditos entre el Crédito Hipotecario Nacional (CHN) y empresas prestadoras del servicio de agua potable tendrán una tasa de interés que no deberá ser mayor al de la tasa de interés pasiva del sistema bancario-: “De encontrarse incumplimiento en los parámetros establecidos, se ordena que se deduzcan responsabilidades y sanciones respectivas contra los representantes legales de las empresas infractoras en su caso las denuncias penales que correspondan”.

El Ministerio de Salud y la Comisión Presidencial de Atención a la Emergencia Covid-19 deberán entregar por escrito al Congreso cada 15 días el estatus de cada departamento y municipio, cantidad y estado de los hospitales públicos y privados, disponibilidad de medicamentos y equipo, situación laboral, insumos y equipo de protección para el personal sanitario, enfermería y administrativo.

Los ministerios de Salud, Desarrollo Social, Agricultura, Educación, Finanzas y Trabajo para que cada 15 días entreguen por escrito informes sobre los programas ejecutados durante el estado de Calamidad sobre compras, porcentaje de gasto, población beneficiada y acciones encomendadas durante la emergencia.

El Ministerio de Salud y de Relaciones Exteriores deberán hacer las consultas y planificación para la adquisición de vacunas para el covid-19, así como elaborar un programa de vacunación masiva.

Se aprobó una moción de revisión que suprimió una enmienda aprobada en esta misma sesión que exoneraba de multa por presentación extemporánea de la declaración de probidad de empleados y funcionarios públicos que han tomado posesión desde el 14 de enero de 2020.

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