El decreto aprobado por el Congreso que pretende agilizar resoluciones de casos en los tribunales de familia
Congreso publica reformas al Código Civil, Código Procesal Civil y Mercantil y Ley de Tribunales de Familia para agilizar casos en tribunales.
El Congreso de la República publicó este lunes 3 de octubre en el Diario de Centro América el decreto 47-2022 de reformas al Código Civil, Código Procesal Civil y Mercantil y Ley de Tribunales de Familia.
El Congreso informó en su cuenta de Twitter que con la aprobación del referido decreto es una reforma en materia de familia con el propósito de modernizar la normativa y fortalecer la capacitación del recurso humano para métodos alternativos que agilicen la resolución de conflictos en procesos judiciales.
Resaltó que estas reformas aprobadas responden a la situación actual en los tribuales de familia y ayudarán a evitar la acumulación de casos, pues se pretende agilizar la resolución de estos.
Según el Congreso, se pretende garantizar a los integrantes de una familia el goce y protección de sus derechos humanos y velar por el cumplimiento del derecho de identidad.
También con las reformas se pretende la mediación y conciliación en conflictos en tema de familia a través de “soluciones razonables y justas”.
El decreto
El decreto en el Diario Oficial resalta que “en los procesos de paternidad y filiación, el juez competente puede ordenar al Instituto Nacional de Ciencias Forenses que realice la prueba del Ácido Desoxirribonucleico (ADN), aplicando exoneración total de la tarifa establecida en el arancel respectivo y en el tiempo que se le fije para el efecto”.
Agrega que en casos de urgencia debidamente justificados, el juez ordenará que se designe un delegado de la Procuraduría General de la Nación para que actúe en representación y protección de los derechos e interés superior de las niñas, niños y adolescentes, mientras se nombre un tutor, para que exija o defienda sus derechos.
“En la diligencia de conciliación será obligatorio utilizar un lenguaje sencillo, claro y de fácil entendimiento para las partes, evitando el lenguaje confrontativo, obligación que alcanza además del juez a los abogados. El juez estará facultado para adoptar toda medida para asegurar que las partes mantengan una conducta respetuosa y adecuada”, resalta el decreto.
Además, en los casos en que proceda la mediación, esta vía podrá agotarse en los lugares donde exista un centro de mediación, o bien, ante el juez de paz del lugar, estando obligados estos a extender constancia sobre el resultado.
¿Qué beneficios tiene el Decreto 47-2022, en los procesos judiciales en materia de familia?
Un #CongresoDinámico que legisla en favor de los guatemaltecos.
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— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) September 22, 2022