Elecciones en Guatemala: TSE reitera prohibición de portar armas y de no hacer propaganda en perímetro y dentro de los centros de votación
TSE reitera que se debe mantener el orden y la seguridad de los votantes en las elecciones de este 25 de junio 2023 en Guatemala.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) compartió una circular en la que prohíbe la portación de armas en el perímetro y dentro de los centros de votación y la propaganda en los alrededores de estos recintos.
La comunicación está dirigida a las Juntas Electorales Departamentales, Juntas Electorales Municipales, Junta Electoral del Distrito Central, Junta Electoral de Voto en el extranjero, delegados departamentales, subdelegados municipales, secretarios generales, fiscales de partidos políticos y población en general.
En la misiva resalta que la Constitución Política de la República de Guatemala establece la obligación del Estado de proteger a la persona y garantiza el derecho de reunión pacífica y sin armas.
Destaca que el Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) regula las medidas de orden en la Junta Receptora de Votos, la cual contará con un alguacil o inspector específico, quien se encargará de velar por la ordenada participación del electorado y que no se registren disputas o desórdenes, llamando la atención de cualquier infractor con el debido comedimiento.
Aunque si la prevención no fuese suficiente, el alguacil o inspector pedirá la autorización de la Junta para retirar al responsable o requerir la intervención de la autoridad o sus agentes para proceder a su detención.
En caso de cualquier agresión o acción contra la Mesa Electoral o integrantes de la Junta, podrá pedir el inmediato auxilio de otros inspectores, así como de la fuerza pública para repeler la agresión y detener a los responsables por los medios que requiera la situación.
En ese sentido y en apoyo a las Juntas Electorales, y velando por la seguridad y protección de las personas que acudan a ejercer su derecho al voto, se prohíbe la portación de armas de fuego o de cualquier tipo, tanto en el perímetro como dentro de los centros de votación de todo el país durante la jornada electoral de este domingo 25 de junio y si hubiera segunda vuelta el 20 de agosto.
Propaganda y centros de votación
El TSE en la circular también remarca que la LEPP prohíbe efectuar propaganda electoral de cualquier clase el día de las elecciones y durante las 36 horas anteriores al mismo.
Por lo que, en cumplimiento de esta ley, en los centros de votación y sus alrededores no debe haber propaganda de ningún tipo que pueda influir en el votante el día de las elecciones generales.