Ciudad Guatemala

¿Qué cobros puede hacer un colegio y cuándo deben dar factura?


El Ministerio de Educación (Mineduc) lanzó el plan "Educa 2020" para garantizar que ningún colegio o instituto realice cobros extras o que no estén autorizados. 

  22 enero, 2020 - 10:58 AM

Autoridades del Mineduc junto con el Ministerio de Trabajo (Mintrab), la Dirección de Asistencia al Consumidor (Diaco), la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) supervisarán los cobros que los establecimientos realizan a partir de enero para velar que no se incurra en faltas o delitos.

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Según el Ministerio de Educación, los colegios tienen servicios curriculares que prestan en jornada autorizada como inscripciones y cuotas mensuales, por las que no deben facturar, pero en casos como la venta de uniformes, libros o cuadernos, servicio de bus y pagos de excursiones, entre otros, deberán emitir facturas.

Multados

Según datos de la Diaco, en el 2019 se recibieron 419 denuncias contra colegios que realizaron cobros indebidos, de estos, 326 fueron sancionados con más de Q1 millón 520 mil, entre todos; a 11 se les abrió expediente y un apercibimiento escrito, y 82 casos fueron archivados ya que no se encontró evidencias de lo denunciado.

Autoridades enfatizan que la mayoría de las denuncias recibidas en el 2019 fueron por cobros de graduación, después de que entró en vigor el acuerdo 2746-2018, que prohíbe a las escuelas y colegios pedir cuotas para sufragar actos de clausura del ciclo escolar, promoción de grado o de nivel educativo. Tampoco pueden hacer colectas para correr con esos gastos.

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