Víctimas de accidentes viales se manifiestan para exigir se cumpla con el seguro obligatorio para vehículos
Unidad Nacional por las Víctimas de Accidentes de Tránsito lleva a cabo acciones para pedir que se cumpla el acuerdo 17-2020.
César Bol, vocero de la Unidad Nacional por las Víctimas de Accidentes de Tránsito, indicó este miércoles 17 de marzo que el mensaje es hacia las autoridades para que hagan que se cumplan las leyes y que al no cumplir con el acuerdo gubernativo 17-2020 desampara a la población guatemalteca.
Añadió que llevan acciones en Quetzaltenango, Chimaltenango, Cobán, Alta Verapaz, y en tres puntos en la capital.
Para la otra semana tienen planificado acciones en Sololá e Izabal.
“Nos hemos sentido bastante triste sobre la noticia de la semana pasada que nuevamente queda en suspenso el acuerdo 17-2020 que es la normativa para aplicar lo que es la ley de tránsito”, manifestó.
Añadió que los guatemaltecos quedamos olvidados porque en este caso porque con un seguro se podía apoyar a las víctimas de los accidentes de tránsito, pero con esta suspensión las personas quedan a la deriva.
Señaló que el presidente Giammattei ha dialogado con taxistas y según Bol a raíz de eso viene la suspensión del referido acuerdo gubernativo.
Grupo de personas de la Unidad nacional por las víctimas de hechos de tránsito permanecen en km 16.5 Ruta Interamericana en carril auxiliar con direccióna Calzada Roosevelt, no interfieren con la circulación. Se recomienda precaución al circular por el lugar. #TránsitoMixco pic.twitter.com/SNCSwHzSSC
— Pablo Morales (@EmixtraPablo) March 17, 2021
El 10 de marzo recién pasado, el Ministerio de Gobernación publicó el Acuerdo Gubernativo 38-2021 que contiene una nueva reforma al acuerdo gubernativo 17-2020 que se refiere al reglamento para la contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros del transporte colectivo urbano de pasajeros y de carga.
Según la publicación del Diario de Centro América, la reforma afecta al artículo 14 del acuerdo Gubernativo 17-2020, que fue emitido el 13 de enero del 2020, y se refiere al plazo en el que los transportistas deberán cumplir con la contratación y el primer pago del seguro obligatorio.
Esta modificación refiere que “la contratación y primer pago del seguro anual obligatorio de transporte colectivo urbano de pasajeros y de carga par los que realizan dicha actividad actualmente, deberá efectuarse dentro de los 18 meses, a la entrada den vigencia del presente reglamento, para el caso del transporte colectivo urbano de pasajeros o de carga que se tramite posteriormente, a partir de la fecha den que se les haya autorizado para prestar servicio”.
Los 18 meses a los que hace referencia el acuerdo 38-2021 se toman a partir de febrero del 2020, con lo cual los empresarios tendrán hasta el 21 de agosto del 2021 para hacer efectiva la contratación del seguro.