Además en varias imágenes de video, se demuestra claramente que Espinoza nunca estuvo adentro del terreno de las acciones, por lo que se puede tratar como un error administrativo.
Sanarate FC recibió una insólita e histórica sanción en el fútbol guatemalteco, luego que el Órgano Disciplinario de la Liga Nacional decidió quitarle los 3 puntos de la victoria ante Siquinalá.
Debido a que el PF Juan Carlos Espinoza aparece en la nómina oficial estando suspendido, fue la causa por la cual se aplicó el reglamento de competencia en prejuicio de la Máquina Celeste.
Aunque el argentino se encontraba en las gradas, inclusive ni siquiera ingresó al campo en la etapa de calentamiento; se aplicó tal cual el reglamento.
Además en varias imágenes de video, se demuestra claramente que nunca estuvo adentro del terreno de las acciones, por lo que se puede tratar como un error administrativo.
#Clausura2019 acá algunos videos donde se demuestra que el PF de @SanarateOficial Juan Carlos Espinoza no se encontraba en el terreno de juego en el partido ante @DSiquinala pic.twitter.com/o4C3RIjkQz
— Luis López (@luilopezgt) February 6, 2019
Inclusive en el acta arbitral, figura el nombre del sudamericano.
#Clausura2019 Acá el acta arbitral donde aparece el nombre del PF Juan Carlos Espinoza pic.twitter.com/uIRHKeAtIO
— Luis López (@luilopezgt) February 6, 2019
Espinoza salió expulsado en la fecha 4 cuando visitaron a Comunicaciones y debía cumplir un partido de suspensión.
El articulo 50 – Incorrecciones del partido-, inciso a) y numerales 50.1 y 50.3 son los que se ampara el Órgano Disciplinario para establecer la sanción.
En la misma hace referencia a la inclusión en la nómina oficial del juego a un miembro del cuerpo técnico que estuviera suspendido.
Así mismo en el 50.1 establece como sanción la pérdida del partido con un marcador de 0-3 a favor del oponente (Siquinalá)
Además el 50.3 una multa de Q.15 mil al Director Técnico que dirigió al equipo infractor o en su defecto al club.
#Clausura2019 el Articulo 50, inciso a), además los numerales 50.1 y 50.3 pic.twitter.com/CkuQFYVzhY
— Luis López (@luilopezgt) February 6, 2019
Lo que procede que la dirigencia oriental presente la respectiva apelación tal y como el reglamento les permite.
Además deberán presentar las debidas pruebas de descargo para que se determine si procede o no la misma.