Según la investigación del Ministerio Público (MP) se determinó que un adolescente de 17 años violó a una menor en medio de unos matorrales, por lo cual fue sancionado con dos años de privación de libertad.
El MP presentó las pruebas por medio de la Fiscalía de Distrito de Jalapa logrando que el Juzgado Primero de Instancia de Adolescentes en conflicto con la Ley Penal, emitiera una sanción de dos años de privación de libertad en régimen cerrado en contra de un adolescente de 17 años.
El MP evidenció que en el mes de agosto de 2014, el hoy sentenciado llevó a la víctima una menor de edad, en horas de la mañana a una huerta conocida como “La Fortuna”, ubicada en el caserío Sansirisay, Aldea Palo Verde de Jalapa.
En el lugar el adolescente abusó sexualmente del menor de edad. Los hechos fueron descubiertos por familiares quienes de inmediato presentaron la denuncia en la Fiscalía y luego de las investigaciones se solicitó la orden de aprehensión hasta llegar a la condena.
Los menores pese a sus crímenes no pueden recibir sanciones severas, ya que la ley guatemalteca impone a los menores un máximo de seis años de privación de libertad y este se va reduciendo según la edad que tengan.
En el 2003 con la entrada en vigencia de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia para niñas y niños que cometían delitos, pero como no toda la niñez acusada de infringir la ley podía ser juzgada, se determinó una edad mínima de responsabilidad tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño. En Guatemala, esa edad de responsabilidad es entre los 13 y antes de cumplir los 18 años de edad.