Un hombre fue condenado a 6 meses de cárcel, luego de ser encontrado culpable de no pagar la manutención de su hija, por al menos 25 meses.
Erwin Armando Hernández Cajbon fue condenado a una pena de seis meses de privación de libertad, luego de que el Ministerio Público (MP) a través de la Fiscalía de Distrito de Baja Verapaz demostró su responsabilidad en la comisión del delito de negación de asistencia económica ante el tribunal.
Los fiscales documentaron el caso en donde se comprobó que el 21 de abril de 2017, le fue requerido el pago en concepto de pensiones alimenticias atrasadas a razón de Q. 400 quetzales mensuales.
La fiscalía confirmó que Hernández Cajbon no entregó la pensión alimenticia de su hija durante 25 meses correspondientes a los períodos del de febrero a diciembre de 2015, de enero a diciembre de 2016, así como los meses de enero y febrero de 2017.
En consecuencia el procesado deberá entregar la cantidad de Q. 10 mil quetzales, para cumplir con su responsabilidad, de lo contrario no recobrará su libertad.
Artículo 242. Negación de asistencia económica. Quien, estando obligado legalmente a prestar alimentos, en virtud de sentencia firme o de convenio que conste en documento público o auténtico, se negare a cumplir con tal obligación después de ser legalmente requerido, será sancionado con prisión de seis meses a dos años, salvo que probare no tener posibilidades económicas para el cumplimiento de su obligación.
El autor no quedará eximido de responsabilidad penal, por el hecho de que otra persona los hubiere prestado.