Ciudad Guatemala

Exmagistrado de la CSJ Douglas Charchal logra salir de la cárcel


El juez citó al exmagistrado Douglas Charchal  para hacerle saber las limitaciones y reglas de abstención mientras esté bajo libertad condicional.

  25 septiembre, 2018 - 19:20 PM

El juez de mayor riesgo “B” Miguel Ángel Gálvez le otorgó arresto domiciliar al exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Douglas Charchal quien estuvo ausente en la audiencia por falta de traslados del sistema penitenciario.

El juez Gálvez consideró prudente decretar el arresto en el domicilio de Charchal. La resolución del juez se basó en que desde que dejó de ostentar el cargo ya no puede influir en los operadores de justicia.

Charchal saldrá esta noche, tendrá la obligación de presentarse cada 15 días al Ministerio Público y se decretó la limitación de salir del país y la prohibición de acudir a Escuintla y a los tribunales.

El abogado Juan Alberto Guevara defensor de Charchal argumentó que el exmagistrado había cumplió 753 días en prisión desde su detención el pasado 2 de septiembre de 2016.

Como prueba entregó un certificado de la renuncia y separación del cargo como magistrado considerando que fue detenido por el cargo que ostentaba.

El Ministerio Público no se opuso, también había solicitado que se declare con lugar, concluyendo que el exmagistrado ya no posee la investidura para influir.

El juez citó al exmagistrado Douglas Charchal  para hacerle saber las limitaciones y reglas de abstención mientras esté bajo libertad condicional.

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Juez resuelve

En conclusión el abogado Juan Alberto Guevara solicitó que se decrete medida sustitutiva a favor del exmagistrado de la Corte Suprema de justicia (CSJ) Douglas René Charchal Ramos.

El defensor hizo una presentación y se refirió  a algunas resoluciones de la corte de constitucionalidad y de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

En forma concreta el Ministerio Público no se opuso a que se decrete la medida sustitutiva y la CICIG de forma clara hizo un análisis y aunque no compartió algunos aspectos analizados por el abogado defensor,  tampoco se opuso.

El Juez dijo que el derecho lo tienen que ejercer los sujetos procesales y que  en el caso de no haber oposición,  reflexionó y se preguntó hasta donde él se puede oponer, si su función es únicamente de juez contralor.

Algunos aspectos que llamaron la atención del juez fue el plazo razonable, el procedimiento abreviado que buscaba el exmagistrado y el tiempo transcurrido bajo prisión preventiva.

plazo razonable:

En este punto consideró el juez lo complejo al querer justificar el plazo razonable cuando han sido las partes las que han atrasado el proceso y aunque ese no es el caso del exmagistrado Charchal.

El Juez Gálvez dijo que en el fase intermedia del grupo de sindicados extrajo al señor Luna (sentenciado bajo procedimiento abreviado) y a Charchal solicitando que fueran separados del proceso TCQ y cuando se retomó el caso de Douglas Charchal existió oposición por parte de la CICIG complicando el proceso porque no había aquel entendimiento que se buscaba al inicio del proceso.

Douglas Charchal buscaba un procedimiento abreviado y  al final se mantuvo la oposición por lo que el juez Galvez señaló fecha y se entrará a conocer la fase intermedia.

Indicando que estos entendimientos deben realizarse de manera inmediata para que no se extienda la prisión preventiva de los procesados.

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El juez mencionó tres casos en los cuáles se ha conocido el entorpecimiento del proceso como lo fue el caso de los hermanos Valdéz Paíz, de la señora Susana Saracho sentenciada por adopciones irregulares y el caso de la Línea en este último manifestó que las acciones interpuestas no lo han dejado trabajar.

Galvéz citó que en el  caso de La Línea no había dictado el auto de apertura a juicio y ya tenía planteada la recusación con lo cual ha sido tan evidente que se ha buscado el entorpecimiento del proceso.

¿cumplió la mitad de la condena en la cárcel?

El exmagistrado Charchal está sindicado por dos delitos el de tráfico de influencias tiene de dos a 6 años y la asociación ilícita de 6 a 8 años y sin animo de llegar mas allá, la pena mínima de tráfico y asociación son 8 años y la máxima son 14 años. Luego de hacer este análisis el juez Gálvez cree que no se puede justificar que ha transcurrido más allá de la mitad de la pena o se está por cumplir la mitad.

Agregó que le cuesta entender y no le corresponde a él como titular de un juzgado de instancia este tipo de análisis, porque no está en un tribunal de sentencia y mucho menos en ejecución, que son quienes manejan estos aspectos.

 

 

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