Este régimen se conocerá como FEL por sus siglas y se establece para promover la modernización y competitividad de las empresas a la vez que brinda mayor transparencia, ya que las facturas y cualquier modificación quedan registradas, lo que permitirá mayor control en la recaudación de impuestos.
La Superintendencia de Administración Tributaria publicó este 2 de mayo, en el diario de Centro América el Acuerdo Directorio número 13-2018 del Régimen de Factura Electrónica en Línea, el cual entrará en vigencia el 17 de mayo y deroga los Acuerdos de Directorio 2-2016 y 24-2007 que establecen el régimen de factura electrónica FACE 2 y FACE.
Este régimen se conocerá como FEL por sus siglas y se establece para promover la modernización y competitividad de las empresas a la vez que brinda mayor transparencia, ya que las facturas y cualquier modificación quedan registradas, lo que permitirá mayor control en la recaudación de impuestos.
Facturas, notas de crédito y débito, recibos y documentos serán autorizados por la SAT como Documentos Tributarios Electrónicos, que serán llamados por sus siglas: DTE.
Un dato importante es que se contará con firma electrónica y firma electrónica avanzada la cual estará vinculada al firmante de manera única y permitirá la identificación del firmante, cualquier cambio será detectable y el firmante debe mantener bajo su control la firma.
Cada mes se deberá presentar a la Sat un reporte los Documentos Tributarios Electrónicos por un Certificador.
Para anular cualquier DTE será necesaria una firma electrónica del emisor por medio del sistema informático del certificador.
La SAT deberá emitir normas y procedimientos de la aplicación del Régimen de Factura Electrónica en Línea y deberá publicar en el portal de internet la documentación técnica de este régimen.
También es responsable de establecer la programación de transición del Régimen FACE al FEL.